Escrito dirigido a JUNTAS TÉCNICAS ASISTENCIALES y a SESPAS


Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de marzo de 2013

Los trabajadores del Servicio de Mantenimiento del Hospital de Gran Canaria Dr. Negrín, queremos poner en conocimiento de los miembros de la Junta Técnico Asistencial, los propósitos de la Dirección del Servicio Canario de Salud, de privatizar:
  •  El Mantenimiento Integral del Hospital
  • Las Instalaciones Técnicas del Hospital
  • La gestión y facturación de la Energía en todas sus variantes. 
  • La gestión y el ahorro de la implantación de Medidas de Eficiencia Energética.
 Unas prestaciones, que bajo el pretexto del ahorro económico, se le entregará a una empresa de "servicios energéticos", —en la que sin duda primarán los beneficios empresariales—, el absoluto control de todas las instalaciones y equipamiento del centro, suponiendo no solo una agresión y menosprecio a nosotros, como trabajadores del Centro, sino una acción totalmente contraria a los intereses de Hospital,  a la calidad asistencial y al propio interés público. De ellos va a depender, por ejemplo, que en los quirófanos se den las condiciones óptimas de climatización, de seguridad o de inmediatez en la respuesta ante eventuales incidencias que pongan en peligro la propia vida del paciente. Con este escrito, queremos pedir su interés como miembro de la Junta Técnica Asistencial, para que con los datos que aportamos y desarrollamos a continuación y los que desde sus competencias puedan recabar, valoren de manera objetiva nuestros argumentos, convencidos de que coincidiremos en que si con el ahorro energético, una empresa confía en obtener unos jugosos beneficios, mejor sería que esos beneficios revertieran en mejorar las prestaciones de este Centro Sanitario, en el que prestamos nuestra labor profesional, al igual que Ustedes.  

El 5 de abril de 2006, el Parlamento Europeo promulgó la directiva destinada a mejorar la eficiencia del uso final de la energía en los edificios públicos, con el objeto de incentivar la financiación por terceros de aquellas inversiones necesarias para mejorar las instalaciones, utilizando parte del valor financiero del ahorro que estas mejoras produzcan, para reembolsar al tercero los costes y los intereses de la inversión.

A raíz de aquella, se publica el RD- Ley 6/2010 de 9 de abril, con medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, en  las medidas relativas a los sectores energéticos, trasponiendo aquella directiva y donde se establece las empresas de servicios energéticos como aquellas que afrontando el riesgo económico, inviertan en las instalaciones a fin de que estas mejoren su eficiencia y proporcionen un ahorro reduciendo los costes. El pago de estos servicios se haría en parte o totalmente de la obtención de los ahorros de energía por introducción de las mejoras de eficiencia en las instalaciones objeto de estas mejoras.

La actividad de estas empresas, comprende ―según este RD―, la construcción, instalación o transformación de  obras, equipos  y sistemas, su mantenimiento, actualización o renovación, su exploración o su gestión,  derivados de la incorporación de tecnologías eficientes. Nada se dice pues, de las instalaciones ajenas a esta iniciativa y mucho menos del equipamiento.

Fruto de estas recomendaciones, en el SCS venia funcionando una comisión formada por técnicos de los distintos Hospitales, para estudiar medidas tendentes a lograr un ahorro en el consumo energético en los centros. De ahí surgieron iniciativas como la modificación de la contratación eléctrica, que produjo un ahorro considerable, o el encargo de auditorías energéticas que evaluaran los consumos actuales y las posibles medidas de ahorro a implementar.  Algunas de las medidas propuestas por las auditorías, realizadas en el 2010, especialmente aquellas que requerían poca inversión comenzaron a instalarse en el Hospital.

En el año 2011, la Dirección del SCS, al parecer siguiendo instrucciones de la Consejera de Sanidad, interrumpe la actividad de la comisión energética, y en su lugar contrata a un técnico, mediante un contrato temporal, (Alfonso Mateo Quiroga Ramos)  al que da la capacidad de planificar todas las medidas de ahorro energético, inversiones, suministros, mantenimiento y gestión de la ingeniería de todos los Hospitales.  Como primera medida, se remite a los centros una propuesta general que contempla un contrato a riesgo compartido que además incluye:

·         Inversiones a financiarse con el 50% del ahorro
·    Mantenimiento integral, gestión y control, no solo de las instalaciones energéticas en las que se invierta, sino el resto de instalaciones de los centros.
·         El suministro de energía eléctrica.
·         El suministro de gasoil

Se introduce de esta manera contratos que son ajenos al ahorro energético, lo que supone un aumento artificial  del volumen a contratar. De esta forma, se distorsiona el objeto del contrato y la dimensión del contrato. Esto implicaría una restricción de la competencia, al aumentar las clasificaciones y los requerimientos a los licitadores para poder ofertar.  Se manejarían contratos en torno a los 30 millones de euros por Hospital en los 5 años de contratos previstos, solo en el suministro de energía y el mantenimiento actualmente contratado, sin contar con los contratos adicionales y se  externalizarían un conjunto de tareas que se desarrollan hoy por el personal propio del Hospital.

Por los técnicos del SCS se han realizado numerosos informes que han evaluado esta propuesta, y cuyas conclusiones han sido:
1.      No existe legalmente obligación alguna de contratar el sumisito de energía con un eventual contrato de servicios energéticos.
2.      No existe motivo económico.
3.      Es desfavorable desde el punto de vista operativo.
4.      Pone en riesgo la actividad de los centros y por tanto de la actividad sanitaria.
5.      Deja sin actividad al personal del Servio de Mantenimiento que realiza gran parte de las tareas que se pretenden externalizar.
Nuestros servicios técnicos, elaboraron una propuesta alternativa de ahorro energético, que aún financiándose por terceros, permitiría al SCS obtener el conjunto de beneficios que dicho ahorro supone, sin perder el control de las instalaciones, ni arriesgar el normal funcionamiento del centro. Dicha propuesta no se ha tomado en consideración por los responsables del SCS.
Durante el año 2012 se han venido remitiendo al Hospital, con la intención de que de su conformidad, diversas versiones de pliegos de condiciones para realizar un "contrato mixto para la prestación de servicios energéticos, suministro energético y mantenimiento del Hospital".  Todas estas propuestas han sido estudiadas por los servicios técnicos de la casa, se han formulado razonadamente objeciones y se han propuesto una serie de correcciones que en ningún caso se han tomado en consideración y finalmente se han informado desfavorablemente, bien por que se han considerado técnicamente deficientes, incompletas o incongruentes con la actividad del Hospital y en general contrarias al interés público.
Ante esta situación, los trabajadores del centro hemos acordado oponernos a esta iniciativa con cuantas acciones sean necesarias, en defensa no solo de nuestros puestos de trabajos y dignidad profesional, sino del interés general  y la sanidad pública.

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